Guía del Estado

Oficinas 060
Red de oficinas integradas de atención al ciudadano-060
Introducción

El Consejo de Ministros , en su reunión del día 15 de julio de 2005, publicado en el Boletín Oficial del Estado del día 3 de agosto, adoptó un Acuerdo que impulsa el desarrollo de un nuevo modelo para las relaciones entre los ciudadanos y la Administración Pública.

Dicho Acuerdo configura una red de espacios comunes de atención al ciudadano que supondrá en el futuro el que los ciudadanos puedan acceder a un acervo creciente de servicios normalizados de presentación de documentos, información y gestión con dos importantes particularidades:

  • el conjunto de servicios a prestar corresponderán a los diversos niveles administrativos existentes en nuestro país (estatales, autonómicos y locales).
  • el ciudadano podrá acceder a dichos servicios a través de una red de oficinas integrales cuya titularidad corresponderá a las distintas Administraciones Públicas o bien por medio de otros canales puestos a su disposición (el teléfono, Internet, los dispositivos móviles, ...)

Ver el Acuerdo del Consejo de Ministros íntegro

Subir página
¿Qué son las Oficinas Integradas 060?

Son espacios comunes de atención a los ciudadanos para la prestación, por medio presencial, de servicios integrados de información, orientación, atención y tramitación sobre determinados aspectos de la actividad administrativa.

Las Oficinas Integradas se clasificarán en función de sus capacidades y del nivel de servicios que presenten, en las siguientes categorías:

  • Oficinas de contacto: (nivel 1) prestación de servicios de nivel primario consistentes en recepción, registro y remisión de comunicaciones del ciudadano.
  • Oficinas de información: (nivel 2) además de los servicios expresados para las Oficinas de contacto, desarrollo de servicios de nivel intermedio consistentes en la atención y orientación personalizada a las personas sobre los servicios públicos e informaciones más relevantes de las Administraciones intervinientes.
  • Oficinas de gestión integral: (nivel 3) además de los propios de las dos categorías enteriores, asumen un nivel avanzado definido por la prestación de servicios integrales de gestión que comprendan la tramitación conjunta de procedimientos y trámites de competencias de las distintas Administraciones intervinientes.

Dichas Oficinas se ubicarán aprovechando las infraestructuras públicas pertenecientes a las Administraciones intervinientes y respetando las adscripciones orgánicas y funcional existentes así como su identificación institucional, que coexistirá con el símbolo que se determine por los firmantes de este Convenio para identificar su pertenencia a la Red de Oficinas Integradas de Atención a la Ciudadanía en el ámbito de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Este nuevo concepto de prestación del servicio público ofrece un servicio integral a las necesidades que pueda tener un ciudadano; optimizando en beneficio del mismo la pluralidad de Administraciones Públicas sobre el territorio, de manera que, lejos de suponer una carga sucesiva, se convierta en un factor de progreso y competitividad.

Subir página
Los Convenios Marco 060

El Acuerdo de 15 de julio de 2005 del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución de 19 de julio de la Secretaría General para la Administración Pública (BOE número 184, de 3 de agosto de 2005), para la implantación de una Red de oficinas Intergradas de Atención al Ciudadano en colaboración con las Comunidades Autónomas y las entidades que integran la Administración Local, prevé en su apartado 3º que el Ministro de Administraciones Públicas, en el ejercicio de las competencias que le atribuye la normativa vigente podrá negociar y formalizar con los órganos de las Comunidades Autónomas Convenios Marco con el siguiente objeto:

  • Articular medidas e instrumentos de colaboración para la implantación coordinada y normalizada de una red de espacios comunes de atención a la ciudadanía, entendiendo por espacios los modos o canales por los que las personas pueden acceder a las informaciones y servicios públicos (oficinas de atención presencial, atención telefónica, páginas en Internet y otros).
  • Establecer un marco general de obligaciones para permitir, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38.4b) de la Ley 30/1992, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que los ciudadanos puedan presentar, en los registros de las Entidades Locales del ámbito territorial de la correspondiente Comunidad Autónoma que se adhieran voluntariamente a los Convenios, las soliciutades, escritos y comunicaciones que dirijan a los órganos y entidades de derecho público de la Administración General del Estado y de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • Establecer compromisos para intercambiar, compartir e integrar medios e instrumentos de información a la ciudadanía y en particular para la agregación y sindicación, cuando resulte posible, de determinados contenidos de las páginas en Internet de la responsabilidad de los intervinientes.
  • Configurar progresivamente la prestación conjunta de servicios de gestión mediante la simplificación e integración de los trámites y procedimientos administrativos en que participen las administraciones intervinientes y la compatibilidad e interoperabilidad de los sistemas de información que los soporten.

Los mencionados Convenios preverán un instrumento para la adhesión a los mismos de las Entidades Locales y Corporaciones de Derecho Público en el ámbito de la correspondiente Comunidad Autónoma que así lo soliciten.

Subir página
Comunidades Autónomas que han firmado Convenio Marco

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

Consejería de Justicia y Administración Pública
Dirección General de la Administración Electrónica y Calidad de los Servicios
Plaza de la Gavidia, 10
47071 SEVILLA
Tlfno: 902 505 505
Dirección Internet

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA

Consejería de Presidencia, Ordenación y Calidad de los Servicios
Dirección General de Inspección y Calidad de los Servicios
C/ Peña Herbosa, 29, 4ª planta
39003 SANTANDER
Teléfono de Información Administrativa: 012
Tlfno: 942 207 180/ 942 207181
Dirección Internet
Correo Electrónico: bedia_rl@gobcantabria.es

PRINCIPADO DE ASTURIAS

Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno
Dirección General de Modernización, Telecomunicción y Sociedad de la Información
Servicio de Atención Ciudadana y Calidad
C/ Coronel Aranda, 2
33005 OVIEDO
Tlfno: 985 105 500
Dirección Internet

JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
Consejería de Presidencia y Administración Territorial Dirección General de Atención al Ciudadano y ModerAModerAnización Administrativa Junta de Castilla y León C/Santiago Alba, 1 47008 VALLADOLID

Dirección Intenet

COMUNIDAD AUTONOMA DE VALENCIA
Consejería de Infraestructuras y Transportes.-
ones e Investigación Comunidad Autónoma de Valencia C/Colom, 66 46004 VALENCIA Tlf.: 96/196.11.04 Fax: 96/196.10.90 Dirección Internet

COMUNIDAD AUTONOMA DE EXTREMADURA
Consejería de Administración Pública y Hacienda Dirección General de Calidad de Servicios e Inspección Comunidad Autónoma de Extremadura Paseo de Roma, s/n 06800 MÉRIDA BADAJOZ Tlf: 924/00.50.53 Fax: 924/00.51.44Dirección Internet

COMUNIDAD AUTONOMA DE GALICIA
Consejería de Presidencia, Administración Pública y Justicia Dirección General de Calidad y Evaluación de las Políticas Públicas Comunidad Autónoma de Galicia Complejo Administrativo San Cayetano, s/n 15781 Santiago de Compostela A CORUÑA Tlf.: 981 544294/ 4299 Fax.: 981 545499 Dirección Internet

COMUNIDAD AUTONOMA DE CATALUÑA

Departamento de la Presidencia Dirección General de Atención al Ciudadano Comunidad Autónoma de Cataluña Vía Laietana, 14 – 3ª planta 08003 - BARCELONA Tlfno.: 93 5676330 Fax: 93 5676331 Dirección de Internet:

COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID

Consejería de Justicia y Administraciones Públicas Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano Comunidad de Madrid Gran Vía, 18 – 2ª Planta 28013 - MADRID Tlfno.: 91 720 98 00 Fax.: 91 720 98 75

Dirección de Internet :

Subir página

COMUNIDAD AUTONOMA DE LAS ILLES BALEARS

Consejería de Presidencia Dirección General de Calidad de los Servicios Comunidad Autónoma de las Illes Balears Avda. Antonio Maura, 24, 2º 07012 PALMA Tlfno.: 971 72 48 84 Fax.: 971 71 54 24

Dirección de Internet

COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA-LA MANCHA

Consejería de Administraciones Públicas Oficina de Calidad de la Administración Regional Inspección General de Servicios Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha Avda. Portugal, s/n 45071 TOLEDO Tlfno.: 925 266 255 Fax.: 925 266 249

Dirección de Internet

COMUNIDAD AUTONOMA DE CANARIAS

Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad Inspección General de Servicios COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS C/ Leoncio Rodríguez, nº 3 Edif.. El Cabo, Planta 2ª 38071 SANTA CRUZ DE TENERIFE Tlfno: 922 477 062 Fax: 922 477 068

Dirección de Internet

COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGÓN

Consejería de Presidencia Dirección General de Organización, Inspección y Servicios COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGÓN Pso. María Agustín, 36 Edificio Pignatelli 50071 ZARAGOZA Tlfno: 976 71 40 00

Dirección de Internet

Adhesión al Convenio Marco

Una vez firmado el Convenio Marco entre la AGE y la correspondiente CC.AA., las entidades locales interesadas podrán solicitar la adhesión al órgano competente que lo tramite en su Comunidad Autónoma presentando la siguiente documentac

  • Certificación del acuerdo del pleno de la Entidad Local por el que se adopta la decisión de solicitar Convenio Marco.
  • Cuestionario cumplimentado que será facilitado en cada Comunidad Autónoma.
  • La solicitud de Protocolo de adhesión que será facilitado en cada Comunidad Autónoma.

Las entidades locales que se adhieran al correspondiente Convenio Marco se compromoterán a:

  • Configurar sus registros como oficinas de contacto, admitiendo la presentación en las mismas de cualesquiera solicitudes, escritos o comunicaciones dirigidos a los órganos de la Administración General del Estado y de la Administración de la Comunidad Autónoma correspondiente a las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de aquéllas, con independencia de su localización territorial.
  • Dejar constancia en sus registros de la entrada de dichas solicitudes, escritos y comunicaciones, con indicación en sus asientos de su número, epígrafe expresivo de su naturaleza, fecha de entrada, la fecha y hora de su presentación, interesado u órgano administrativo remitente, persona u órgano administrativo al que se dirige, así como una referencia al contenido del escrito o comunicación que se registra.
  • Remitir inmediatamente los documentos, una vez registrados y en todo caso, dentro de los tres días siguientes al de su recepción, directamente a los órganos o entidades destinatarios de los mismos. Dicha remisión se efectuará por los medios más apropiados para que su recepción se produzca con la mayor brevedad posible, con especial utilización de medios informáticos, electrónicos y telemáticos en los supuestos en que sea posible.
Subir página
Los convenios bilatelares 060

El Acuerdo de 15 de julio de 2005 del Consejo de Ministros aprobado por Resolución de 19 de julio de 2005, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública (BOE nº 184, de 3 de agosto), estableció en su apartado cuarto un Modelo de Convenio bilateral cuyo objeto principal era la habilitación de los registros locales para recibir cualquier tipo de comunicaciones dirigidas a los órganos y entidades que componen la Administración General del Estado.

En base al mismo, los Ayuntamientos y las demás Entidades Locales, que lo soliciten, podrán suscribir convenios bilaterales con la Administración General del Estado. Con ello se pretende aprovechar este instrumento para que los ciudadanos vecinos de Entidades Locales puedan - sin necesidad de desplazarse- relacionarse con la Administración General del Estado a través de dichas Entidades configurándose, en un primer momento, como Oficinas de Contacto en las que, de acuerdo con lo dispuesto en la letra b) del artículo 38.4 de la Ley 30/1992, los ciudadanos podrán presentar solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidas a la AGE.¿

Cómo suscribir un convenio bilateral?.

Las Entidades Locales (Municipios, Diputaciones Provinciales, Cabildos, Comarcas, etc.) que deseen formalizar un convenio bilateral de Oficinas Integradas (y su Comunidad Autónoma a cuyo ámbito territorial pertenezcan aquéllas no haya suscrito Convenio Marco), para prestar servicios a sus vecinos, se dirigirán a la Dirección General de Modernización Administrativa, (Subdirección General de Simplificación Administrativa y Programas de Atención al Ciudadano), C/ Mª de Molina, 50 - 28071 Madrid, acompañando la siguiente documentación:

  • Certificado de Acuerdo del Pleno de la Entidad Local manifestando la voluntad de suscribir un Convenio con la Administración General del Estado al amparo del artículo 38.4 b) de la Ley 30/1992
  • Cuestionario cumplimentando:
Subir página
Oficinas 060 incorporadas a la red
Oficinas Integradas 060 - Nivel 3

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

Oficina Integrada de Atención e Información al Ciudadano.
Subdelegación del Gobierno en Sevilla.
Torre Sur. Plaza de España. SEVILLA.
Teléfono: 955 569 246/ 254
Horario atención :
9.00 a 17.30 de lunes a viernes
9.00 a 14.00 sábados

Oficina Integrada de Atención e Información al Ciudadano.
Junta de Andalucía.
Marqués de Nervión, 40. SEVILLA.
Teléfono: 955 04.35.39 955.04.35.40
Horario atención :
9.00 a 20.00 de lunes a viernes
9.00 a 14.00 sábados

Oficina Integrada de Atención e Información al Ciudadano
Ayuntamiento de Sevilla
C/ El Jovo, 2.Sevilla
Teléfono: 902 26 10 10

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA

Oficina Integrada de Atención e Información al Ciudadano
Delegación del Gobierno en Cantabria.
Avda. Calvo Sotelo, 25. Santander
Teléfono: 942.999.123
Horario atención :
9.00 a 17.30 de lunes a viernes
9.00 a 14.00 sábados

Oficina Integrada de Atención e Información al Ciudadano
Gobierno de Cantabria.
Peña Herbosa, 29. Santander.
Teléfono: 012 (sólo si llama desde la C. A. de Cantabria) resto: 902 139 012
Horario atención:
9.00 a 17.00 de lunes a viernes
9.00 a 13.00 sábados
Horario de verano: de 16 de junio a 15 de septiembre, de 9.00 a 14.00 de lunes a viernes
Horario de Navidad: de 24 de diciembre a 6 de enero, de 9.00 a 14.00 de lunes a viernes

Oficina Integrada de Atención e Información al Ciudadano.
Ayuntamiento de Santander. Plaza del Ayuntamiento, s/n. Santander
Teléfono: 942 200 600

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Oficina Integrada de Atención e Información al Ciudadano
Delegación del Gobierno en Asturias.
Plaza de España, 6
33007.- Oviedo.
Teléfono 98.52.63.100
Horario atención :
9.00 a 17.30 de lunes a viernes
9.00 a 14.00 sábados

Oficina Integrada de Atención e Información al Ciudadano.
Gobierno del Principado de Asturias.
Coronel Aranda, 2, planta plaza.
33005.- Oviedo.
Teléfono: 98.52.79.100
Horario atención:
9.00 a 14.00 y de 16.30 a 18.30 de lunes a viernes
9.00 a 14.00 sábados

Oficina Integrada de Información y Atención al Ciudadano.
Ayuntamiento de Gijón.
Servicio de Atención al Ciudadano.
Edificio Administrativo Antigua Pescadería Municipal. C/ Cabrales, nº 2.
33201 Gijón.
Teléfonos: 985 181 111
Horario atención:
9.00 a 17.00 de lunes a viernes
9.00 a 13.00 sábados
9.00 a 14.00 de lunes a sábado, los meses de julio y agosto

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

Oficina Integrada de Atención e Información al Ciudadano
Diputación General de Aragón
Paseo de Pamplona, 12
50071 Zaragoza
Teléfono: 976 71 33 74
Horario de atención:
9:00 a 14:00 de lunes a viernes

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA

Oficina Integrada de Atención e Información al Ciudadano.
Xunta de Galicia.
Delegación Provincial de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.
C/ Ronda de la Muralla, núm 70.- LUGO.
Teléfono: 982 294 578
Horario de atención:
9:00 a 19:00 de lunes a viernes.
9:00 a 14:00 sábados.

Oficina Integrada de Atención e Información al Ciudadano.
Ayuntamiento de Lugo.
Edificio Servicios Múltiples.
Ronda de la Muralla, 197 Bj. LUGO.
Teléfono: 982 297 328
Horario de atención:
9:00 a 14:00 de lunes a viernes.
10:00 a 13:00 sábados.

Subir página
Las ventanillas únicas: vigencia y transición
Oficinas 060 adheridas al Convenio Marco - Nivel 1

Quedan sin efecto los Acuerdos del Consejo de Ministros de 23 de febrero de 1996, para la formalización con las Entidades que integran la Administración Local de los convenios previstos en el artículo 38.4.b) de la Ley 30/1992, y de 4 de abril de 1997, para la progresiva implantación de un sistema intercomunicado de registros entre la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las Entidades que integran la Administración Local.No obstante los Convenios e instrumentos de colaboración formalizados al amparo de los Acuerdos mencionados seguirán vigentes hasta su extinción.

Ver el programa Ventanilla Única

Ver el programa Ventanilla Única Empresarial

Subir página